Accidentes de coche

Abogado en Reus para accidente de coche, daños y reclamaciones, denuncias.

Sufrir un accidente de tráfico quizás sea un hecho que nos ha podido ocurrir a todos en algún momento. Por accidentes de tráfico podemos entender tanto los daños producidos  cuando se ven implicados dos o más vehículos así como cuando se producen por motivo de la circulación de un único vehículo; caso de los atropellos a peatones.

Poca gente conoce que en nuestra propia póliza de seguro existe una cláusula llamada de “defensa jurídica” cual permite que designemos el abogado que queramos y no permanecer al que nos hayan dirigido por ser éste el de la propia compañía. Pensemos que la relación entre abogado y cliente debe de ser siempre de confianza y en el primero de los casos, a veces no existe esa condición, más sabiendo que se trata del letrado de la propia compañía de seguros quien pudiera mirar más por el beneficio de esta última.

Para garantizar que la indemnización que nos corresponde es la más óptima se hace vital acudir a un profesional ajeno a cualquier interés que no sea el nuestro porque es el que discutirá férreamente todos los condicionantes más favorables para su derecho.

Lo mismo sucede cuando se complican las reclamaciones entre compañías bien porque nieguen la ocurrencia del siniestro, bien porque no nos reconozcan la totalidad de los daños y lesiones sufridas o porque incluso nieguen la cobertura del seguro. En muchas ocasiones las compañías, incluida la suya propia, pactan por detrás de los asegurados mediante los convenios que entre las mismas operan siendo eso perjudicial para el propio afectado, es decir usted. Para evitar estos y otros posibles abusos asesórese siempre bien consultándonos con total confianza.

Indemnización por lesiones y secuelas tanto del conductor como de los ocupantes.

Indemnización máxima en los casos de defunción por accidente de tráfico.

Indemnizaciones en caso de atropello.

Indemnización por lesiones y secuelas sufridas por un vehículo sin seguro.

Reclamación frente a la Administración por accidentes en la vía, carretera o camino de su titularidad.

Lucro cesante por los períodos de baja por el accidente.

Daños materiales en un accidente ( siniestro total, valor venal, reparación o sustitución del vehículo accidentado).

Reclamación de los gastos médicos y de tratamiento generados por el accidente.

Incapacidades derivadas del accidente.

Reclamaciones frente a nuestra compañía de seguros por indemnizaciones inferiores.

Falta de cobertura en nuestro seguro.

Preguntas frecuentes

En muchas ocasiones su propia compañía, aunque sea la compañía del otro vehículo la culpable del accidente, realiza una oferta de indemnización por las lesiones y daños sufridos en su vehículo. Ahora bien debemos saber que entre las propias compañías existen unos “convenios” de asunción de responsabilidad que hace que sin atender de quién es responsabilidad el siniestro entre ellas se indemnicen y por importes por baremo siendo que puede ello perjudicarle. Por eso es importante no aceptar dicho importe y no firmar nada de finiquitos antes de consultar con un abogado si bien una vez aceptado difícilmente podrá reclamarse nada.

Lamentablemente de un tiempo a esta parte las compañías están actuando de esa manera, incluso la propia. Seguramente en la carta que indica que nos busquemos a un abogado señalan que no existe “nexo causal” o que el impacto fue de poca intensidad. No niegan que tengamos lesiones o daños en el vehículo pero como les parecen de poca entidad entienden que pueden ser negados por la compañía contraria y ni siquiera mínimamente le defenderán. Piense que en estos casos, se juega a dilatar y cansar al propio asegurado para que desista de reclamar nada y ellos ahorrarse cualquier importe. Sepan que si se da este caso usted puede designar un abogado de su libre elección con cargo a la compañía y reclamar lo que le corresponde.

Si el conductor causante del accidente dio positivo en alcoholemia y supera la tasa administrativa permitida se procederá a iniciar un procedimiento penal en que se discutirá cómo fue el accidente y si debe indemnizar a alguien como parte perjudicada. En un primer momento la compañía de seguros del conductor podría negarse a abonar nada porque conducir bebido no lo cubre la póliza. Ahora bien, la ley obliga a la compañía a abonar las indemnizaciones a los perjudicados incluso en esos casos y sólo podrá reclamarle a su asegurado le devuelva el importe que hubiera pagado a los damnificados. Siempre es mejor que usted vaya con un abogado que le asista para ser indemnizado con el importe máximo que le corresponda.

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