Negligencias médicas

Negligencias médicas, errores de diagnóstico, reclamaciones de lesiones , etc

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Para reclamar por un error o negligencia médica resulta imprescindible un asesoramiento muy especializado así como la intervención de diferentes profesionales. Así se hace preciso contar con a colaboración de peritos médicos que apoyen nuestra reclamación.

Todos los profesionales de la salud se encuentran sujetas en la denominada LEX ARTIS la cual implica que ejerzan su profesión con rigurosidad y honestidad, así como bajo los criterios médicos y protocolos que la ley y reglamentos exijan en cada momento. No actuar en base a estos parámetros conduce a que se proceda a llevar a cabo una actuación de “mala praxis” que puede llegar a suponer una negligencia médica con resultados irreversibles en muchas ocasiones, tanto para el paciente cómo para su familia.

Llegados a este punto, tenemos que hacer un estudio respecto de la viabilidad de la reclamación, analizando toda la documentación y consideraciones médicas.

Toda reclamación en esta área tiene unos plazos para ser interpuesta, con lo cual se vuelve totalmente necesario la intervención de un profesional del derecho que no sólo nos ayude a obtener toda la documental médica e historial clínico sino que reclame enfrente la administración sanitaria, el hospital o centro médico privado, y hacerlo dentro de los términos y plazos legalmente establecidos, dado que si no se hace correctamente podría perderse la opción de reclamar en un futuro.

Derecho Sanitario o Médico

Negligencias médicas

Error de diagnóstico

Historial clínico.

Información al paciente.

Reclamaciones de lesiones y secuelas por mala praxis.

Reclamación patrimonial frente a la administración pública sanitaria.

Negligencias médicas con resultado de muerte.

Negligencias médicas con transcendencia penal.

Preguntas frecuentes

La mala praxis es como se denomina la actuación médica o sanitaria que se lleva a cabo por los profesionales de esta rama y que es contraria a la ley médica aplicable en el momento así como inadecuada a la diligencia exigible en todo caso. Hablaríamos, por ejemplo, de no hacer uso de toda la aparatología precisa para hacer un diagnóstico y por lo tanto poder equivocarse en él, o no prescribirse y pautarse un tratamiento médico adecuado, o incluso no atender correctamente a un paciente.

Toda mala praxis tiene que ser identificada y denunciar sus consecuencias. Así se tendría que reclamar los perjuicios sufridos y resarcir una indemnización toda vez que evitaríamos que la misma situación fuera vivida por ninguna otra persona.

Que se trate de un centro hospitalario público no limita que, si ha existido una negligencia médica, pueda usted reclamar. Evidentemente también puede hacerlo en caso de que el hecho haya ocurrido en un centro médico privado. Ahora bien, si la reclamación a una clínica o centro médico privados la reclamación va por una vía, la que se haga enfrente los centros médicos de la Seguridad Social irá por otra.

Nos referimos a que dado que nos encontramos ante la administración pública, se exigen una serie de requisitos mucho más específicos en la reclamación, hasta el punto que si nos saltamos cualquiera paso podríamos invalidar una futura reclamación. Así, antes de acudir a los Juzgados, tenemos que reclamar enfrente la administración pública de la que se trate y que esté al frente del hospital o centro médico en que se hubiera producido el hecho tramitando el que se denomina una “reclamación patrionial previa”.

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